Publicación de la nueva Ley de gestión de residuos sólidos según Decreto Legislativo 1278 en el Perú

Ley de residuos sólidos

El 23 de diciembre de 2016 se publicó el Decreto Legislativo Nº 1278, que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, y reemplaza a la Ley Nº 27314 Ley General de Residuos Sólidos, publicada en el año 2000. Esta norma es aplicable a todos los sectores productivos e incluye actividades de internamiento, almacenamiento, tratamiento, transporte y exportación de residuos sólidos. Sin embargo, no están comprendidos en el ámbito de este Decreto Legislativo los siguientes residuos:

  • Residuos radiactivos: a cargo de Instituto Peruano de Energía Nuclear (IPEN).
  • Residuos de actividades militares: a cargo del Ministerio de Defensa.
  • Aguas residuales y residuos líquidos: a cargo de la Autoridad Nacional del Agua (ANA) y el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
  • Emisiones de gases y material particulado.
  • Residuos municipales especiales: Residuos generados en áreas urbanas que por su volumen o características requieren de un manejo particular (residuos de laboratorio, lubricentros,  centros veterinarios, centros comerciales, eventos masivos, residuos de demolición de obras menores) será normado en el reglamento.

Principales principios de la nueva Ley de Residuos Sólidos

La Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos se centra en los siguientes principios:

  • Economía circular
  • Valorización de residuos
  • Responsabilidad extendida del productor
  • Responsabilidad compartida
  • Protección del ambiente y la salud pública

Responsabilidad extendida del productor

De entre todos, se destaca el concepto de responsabilidad extendida del productor. A diferencia de la ley antecesora, en la cual se deslindaba de responsabilidad a los generadores de residuos peligrosos una vez que estos pasaban a ser manejados por una Empresa Prestadora de Servicios de Residuos sólidos (EPS-RS), esta norma hace hincapié en la responsabilidad que tienen los fabricantes, importadores, distribuidores y comerciantes durante todo el ciclo de vida del producto, incluyendo las fases postindustrial y postconsumo.

Valorización de Residuos Sólidos

Por otro lado, en esta Ley de residuos sólidos, la valorización de residuos se menciona de forma recurrente en la norma y específicamente en el Título II: Eficiencia De Los Materiales y Minimización en la Fuente, el cual se refiere al aprovechamiento del material de descarte. Al promover su transferencia entre diferentes actividades productivas, este material es valorizado y ya no será tratado como residuo sólido.

Cambio de denominación de Empresas prestadoras de Servicios de Residuos Sólidos

Otro aspecto importante incluido en esta Ley de residuos sólidos es el cambio de denominación de las Empresas Prestadoras de Servicios de Residuos sólidos (EPS-RS) y Empresas Comercializadoras de Residuos Sólidos (EC-RS) a Empresas Operadoras de Residuos Sólidos.

El registro de dichas empresas que estaba en manos de la Dirección de Salud Ambiental (DIGESA), pasará al Ministerio del Ambiente. Los criterios para el registro serán detallados en el Reglamento de la presente norma.

Competencias del OEFA y SENACE

Finalmente, se introducen las nuevas competencias del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA)  y del Servicio Nacional de Certificaciones Ambientales para la Inversiones Sostenibles (SENACE) en materia de gestión de residuos sólidos. El OEFA se encargará de supervisar, fiscalizar y sancionar el manejo de residuos sólidos por titulares de infraestructura (municipalidades o Empresas Operadoras de RRSS) de tratamiento, valorización y disposición final, mientras que el SENACE evaluará y aprobará los estudios ambientales de proyectos de infraestructura de residuos de gestión municipal, si el servicio se brinda a dos o más regiones; y proyectos de infraestructura de residuos de gestión no municipal y mixta, cuando se localicen fuera de las instalaciones industriales o productivas o sean de titularidad de una Empresa Operadora de Residuos Sólidos.

Vigencia

Si bien la Ley General de Residuos Sólidos, aún no ha sido derogada en su totalidad, la publicación del Reglamento de la nueva ley (estipulada en 6 meses) derogará por completo la Ley 27314. Se espera que este reglamento brinde más herramientas para promover la recuperación y la valorización de los residuos sólidos desde todos los ámbitos de generación, tanto en los sectores productivos como en los hogares.

Para mayor información sobre este tema y los servicios de Emgrisa, puede consultar nuestra web www.emgrisa.es o contactar con nosotros a través de info@emgrisa.pe.

Publicado el 17/03/17