La Junta de Andalucía aprueba tres guías en materia de suelos potencialmente contaminados

Operarios de proyecto de suelos contaminados y aguas subterráneas

El 22 de noviembre de 2019 fueron aprobados por la Dirección General de Prevención Ambiental y Cambio Climático, perteneciente a la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía y competente en materia de suelos contaminados, tres documentos que actuarán como guías técnicas en el ámbito de la clasificación, investigación y evaluación de suelos potencialmente contaminados.

Dichas guías constituyen los Documentos Reconocidos recogidos en el capítulo IV del Título 3 del Decreto 18/2015, de 27 de enero, por el que se aprueba el Reglamento que regula el régimen aplicable a los suelos contaminados y que constituye la norma de referencia para la gestión de los suelos contaminados y potencialmente contaminados en Andalucía.

Pese a su carácter no reglamentario, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto 18/2015, los estudios de calidad del suelo y los análisis de riesgos que se desarrollen en Andalucía deberán llevarse a cabo conforme a los criterios recogidos en estos documentos reconocidos a partir de la aprobación de los mismos, debiendo justificarse técnicamente cualquier desviación significativa que fuera preciso contemplar de forma excepcional.

Cabe destacar que las guías aprobadas podrán ser revisadas en el tiempo en función de la normativa vigente en cada momento y con la evolución de las mejores prácticas conocidas sobre la materia.

 

Guía para la clasificación de suelos potencialmente contaminados en función del riesgo 

En este documento se establecen los criterios de puntuación para la valoración de los diferentes aspectos de una instalación (características constructivas, actividades históricas, procesos actuales, materias consumidas y producidas, residuos generados, etc.) en base a los cuales se determina el riesgo potencial de afección al suelo.

La información sobre las instalaciones es proporcionada por las personas o entidades titulares de actividades potencialmente contaminantes del suelo al Inventario de suelos potencialmente contaminados de Andalucía (INSUPO). Esta información es valorada automáticamente por una herramienta informática (denominada en la guía como “motor de valoración”) según los criterios de puntuación mencionados, obteniendo una calificación global que, en función de su valor, permite clasificar a las instalaciones en 3 grupos de riesgo: alto, medio o bajo.

 

Guía para la investigación de suelos potencialmente contaminados

La finalidad de este documento es poner a disposición de los titulares de actividades potencialmente contaminantes del suelo, así como de las entidades que necesiten realizar las caracterizaciones incluidas en los estudios de calidad del suelo referidos en el art. 8.1.c. del Decreto 18/2015 y las certificaciones de concentraciones remanentes tras una descontaminación referidas en el art. 31.1 de ese mismo Decreto, criterios y buenas prácticas que faciliten y homogeneicen la ejecución de estas tareas, y aseguren unos mínimos de calidad en las investigaciones realizadas.

La secuencia completa de las caracterizaciones a realizar en los estudios de calidad del suelo conllevaría la realización de las siguientes etapas:

  • Investigación preliminar, compuesta por un estudio histórico, un análisis del medio físico, una visita de campo y el establecimiento de un modelo conceptual previo de riesgos.
  • Plan de caracterización.
  • Caracterización exploratoria, cuyo objetivo es conocer la posible afección o no de los suelos de un emplazamiento, tomando como marco de referencia las zonas de la instalación que poseen riesgo de contaminación, sin tratar de delimitar por completo la extensión de dicha afección, pero identificando los diferentes contaminantes presentes y el orden de magnitud de las concentraciones analíticas esperables.
  • Caracterización de detalle, cuyo objetivo es la reducción de fuentes de incertidumbre y el ajuste tanto de los riesgos calculados como de los niveles objetivo establecidos para la posterior remediación. Estos trabajos se realizarán normalmente sobre emplazamientos en los que se haya llevado a cabo previamente un estudio de caracterización y de análisis de riesgos exploratorios, en los que se superen los riesgos admisibles y/o exista un elevado grado de incertidumbre en la evaluación, que impida garantizar que las conclusiones no sean distintas ante algunas variaciones en el análisis.

En el caso de las caracterizaciones a realizar tras la remediación o descontaminación del subsuelo de un emplazamiento en el que se hayan identificado riesgos inadmisibles (sea por la vía de declaración de suelo contaminado o por la vía voluntaria), el objetivo será la certificación de la calidad de los suelos y/o las aguas subterráneas descontaminadas o remanentes que permita verificar la consecución de los objetivos de la remediación aprobados por el órgano competente.

Los estudios de caracterización y de certificación de la descontaminación del suelo llevados a cabo en Andalucía deberán cumplir los siguientes criterios básicos:

  1. Se deberá garantizar la identificación de todos los posibles contaminantes presentes, tanto en suelos como en aguas subterráneas asociadas, de acuerdo con las actividades desarrolladas que hubieran podido afectar al emplazamiento. Así mismo, se deberán determinar todos los parámetros del medio necesarios para la posterior evaluación del riesgo.
  2. Se justificará la adecuación del método de ensayo empleado a los valores límite normativos.
  3. La afección, en suelos y aguas subterráneas asociadas, deberá quedar acotada tanto de profundidad como en superficie.
  4. Se deberán emplear procedimientos acreditados, siempre que estén disponibles en el mercado.

Con carácter general y de manera muy resumida, se establece que, si se superan los niveles de referencia aplicables en suelos y/o en aguas subterráneas, se debe llevar a cabo un análisis cuantitativo de riesgos, determinándose en función de los resultados del mismo la necesidad de emprender o no actuaciones de remediación. No obstante, en el caso de detectarse fase libre móvil de sustancias más o menos densas que el agua subterránea, de las recogidas en la lista I del Anexo III del Reglamento del Dominio Público Hidráulico (Real Decreto 849/1986 y modificación por Real Decreto 606/2003), debe procederse a la retirada de la misma en cualquier caso, por considerarse un residuo y un foco activo de introducción en las aguas subterráneas de los contaminantes recogidos en dicha lista, introducción que debe impedirse en virtud del artículo 257.1 del mencionado Reglamento, y porque no permite una toma de muestras fiable, ni un análisis de riesgos representativo, al no garantizarse las condiciones estacionarias del medio y no cumplirse las premisas de los modelos de partición de contaminantes entre las fases del suelo.

La guía establece pautas y procedimientos para las distintas fases de la investigación de los suelos y las aguas subterráneas asociadas, así como de otros medios de exposición relacionados (aire ambiente, aire del suelo, aguas superficiales, etc.), incidiendo en aspectos relativos al plan de muestreo, métodos de perforación, instalación y acondicionamiento de piezómetros y sondas de vapor, toma de muestras, conservación de las mismas, uso y control de equipos, ensayos analíticos y evaluación de la conformidad de los resultados con la normativa vigente.

 

Guía de evaluación de riesgos para salud humana en suelos potencialmente contaminados

El objetivo de esta guía es poner a disposición de los titulares de actividades potencialmente contaminantes del suelo, así como de entidades que necesiten realizar una evaluación de riesgos dentro de los estudios de calidad del suelo referidos en el artículo 8.1.c del Decreto 18/2015, datos, buenas prácticas y criterios que faciliten y homogeneicen la ejecución de estas tareas y aseguren unos mínimos de calidad en las evaluaciones realizadas.

La guía describe en detalle y aporta criterios y referencias para llevar a cabo todas las fases de un análisis cuantitativo de riesgos, incluyendo el análisis de la exposición, el análisis toxicológico, la caracterización del riesgo, el análisis de incertidumbres y el cálculo de valores objetivo, debiendo cumplirse con los siguientes criterios básicos:

  1. Se deberán contemplar todos los focos de contaminación existentes.
  2. Se deberán considerar todos los mecanismos de transporte de contaminantes.
  3. Se deberán incluir todas las vías de exposición posibles.
  4. Se deberán tener en cuenta todos los posibles receptores expuestos, conforme a los usos contemplados.

De todas las pautas y criterios recogidos en la guía cabe destacar, entre otros:

  • El establecimiento de criterios para llevar a cabo una evaluación cuantitativa de riesgos y para determinar los contaminantes de interés a tener en cuenta en la evaluación, que van más allá de la mera superación de los niveles de referencia aplicables.
  • La inclusión de valores por defecto para los parámetros de exposición, extraídos de varias fuentes, para receptores residenciales e industriales estándar, así como otro tipo de receptores con tasas de contacto más específicas (paseante y deportista, usuario zona verde, zona escolar, trabajador de la construcción y trabajador agrícola).
  • La fijación de los parámetros toxicológicos a utilizar en el caso de los TPHs (hidrocarburos totales del petróleo) y metales y elementos traza inorgánicos.
  • La utilización de ensayos de biodisponibilidad y especiación para mejorar la cuantificación del riesgo, especialmente para metales y metaloides.

Las guías fueron presentadas el pasado 23 de enero, en Sevilla, en una jornada organizada por la Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático destinada a todos aquellos agentes sociales interesados en la materia, tales como promotores, empresarios, consultoras, gestores de residuos peligrosos, entidades colaboradoras, universidades, colegios profesionales, etc., así como personal de la administración.

Emgrisa como entidad de inspección en materia de suelos contaminados, aguas subterráneas y análisis cuantitativos de riesgos (ACR), ha incorporado estas guías en sus procedimientos y metodologías para garantizar el cumplimiento de todos los requisitos legales.

 

Publicado el 29/01/20