Uso de residuos inorgánicos en la industria de los fertilizantes

residuos inorgánicos

En desarrollo de lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 2003/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo de 13 de octubre de 2003, relativo a los abonos, se publicó el Real Decreto 824/2005, de 8 de julio, sobre productos fertilizantes. Este último fue derogado posteriormente por el Real Decreto 506/2013, de 28 de junio, sobre productos fertilizantes para precisar en detalle la regulación vigente y actualizar las remisiones a otras normas españolas y de la Unión Europea.

Este nuevo Real Decreto contempla la posibilidad de utilizar residuos inorgánicos directamente como fertilizantes o como materia prima en su fabricación, debido a la situación económica actual y a la necesidad de las empresas de reducir costes de gestión de sus residuos (artículo 17).

En los países europeos donde se hace uso de este tipo de residuos, éstos están regulados a través de la existencia de listados positivos con mayor o menor posibilidad de ser ampliados. Existe una gran heterogeneidad de los parámetros de control y los límites máximos utilizados.

En España

En nuestro país, el Real Decreto 506/2013 contempla algunos residuos inorgánicos como enmiendas en su Anexo I, entre los cuales se citan las espumas de azucareras, el alperujo o el sulfato cálcico precipitado obtenido en la producción del ácido fosfórico.

Además, algunas Comunidades Autónomas han concedido autorizaciones para la utilización de determinados residuos en el marco de sus autorizaciones ambientales integradas pero no hay normativa específica que regule su uso y en el que se contemplen unos criterios de control para coordinar todos los residuos inorgánicos a los que se les puede dar una valorización para su uso posterior como fertilizantes. La valorización de los residuos pasa por poder utilizar los mismos sin que ello represente un riesgo adicional al uso de cualquier otro producto fertilizante, tanto para la salud humana como para el medio ambiente.

Los residuos inorgánicos que pueden o podrían ser utilizados directamente como fertilizantes o como materias primas en su fabricación (como nutriente o reactivo), presentan orígenes, composiciones, necesidades de tratamiento y formas de aplicación muy diversos. Algunos ejemplos de este tipo de residuos son los residuos cálcicos de reacción, en forma sólida, procedentes de la desulfuración de gases de combustión; el electrolito de pilas y acumuladores recogidos selectivamente, procedentes de la recuperación de baterías de plomo o el polvo de extintores ABC. En algunos casos se desconoce su composición y por lo tanto, los potenciales riesgos para la salud humana y el medio ambiente.

Requisitos a cumplir por los residuos inorgánicos

Tal y como propone Holanda, un residuo sólo debería poder utilizarse como fertilizante o como materia prima para la fabricación de fertilizantes si cumple los siguientes requisitos:

  • su origen es conocido
  • sustituye a una materia prima o fertilizante determinada
  • no plantea problemas ambientales durante su gestión (olores, dispersiones, etc.)
  • su composición es constante en el tiempo y conocida
  • no supone un riesgo para la salud humana ni para el medio ambiente
  • no plantea problemas de lixiviación a largo plazo en el medio ambiente
  • el fertilizante final obtenido no supera los criterios ambientales definidos, y
  • cumple con los requerimientos nutricionales exigidos por la legislación vigente.

En la actualidad existe una propuesta de criterios ambientales y de seguridad del Grupo de Trabajo de Fertilizantes de la Comisión Europea para todas las categorías de productos que englobará la nueva versión del Reglamento de Fertilizantes.

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Publicado el 28/03/16